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Familia

Custodia de los hijos en Colombia: cómo se decide y cómo pedirla

¿Quién se queda con los hijos tras la separación? Cómo se decide la custodia de hijos en Colombia, la custodia compartida y las visitas.

Madre caminando de la mano con su hijo por un sendero en otoño

Cuando una pareja con hijos se separa, la decisión más importante no es sobre los bienes, sino sobre los niños: con quién van a vivir, cómo se van a relacionar con el otro padre y cómo se van a repartir las responsabilidades. En Colombia, esto se define a través de la custodia de los hijos y el régimen de visitas, siempre con un principio rector: el interés superior del niño.

En esta guía te explicamos qué es la custodia, en qué se diferencia de la patria potestad, cómo se decide, cuándo procede la custodia compartida y qué hacer si quieres cambiar lo acordado.

Qué es la custodia

La custodia y el cuidado personal es el derecho y el deber de tener al hijo bajo el propio cuidado: vivir con él, atender sus necesidades diarias, acompañar su crianza, su educación y su salud. Está regulada principalmente en el Código de la Infancia y la Adolescencia (Ley 1098 de 2006) y en el Código Civil.

Custodia y patria potestad no son lo mismo

ConceptoQué esQuién la tiene
CustodiaEl cuidado diario del hijo y la convivenciaUno o ambos padres, según se acuerde o decida
Patria potestadLos derechos y deberes de representar al hijo y administrar sus bienesAmbos padres, salvo que un juez la suspenda o termine

Aunque uno solo tenga la custodia, ambos padres conservan, por regla general, la patria potestad. Eso significa que decisiones importantes, como sacar al niño del país, requieren el consentimiento de ambos.

Cómo se decide la custodia

Hay dos caminos:

Por acuerdo

Los padres pueden acordar quién tendrá la custodia, cómo será el régimen de visitas y cuál será la cuota alimentaria. El acuerdo puede hacerse:

  • En una conciliación ante una comisaría de familia, el ICBF o un centro de conciliación.
  • En el trámite de divorcio o de liquidación de la unión ante notaría, con el concepto del defensor de familia.

El acuerdo debe proteger el interés del niño. Si la autoridad considera que no lo hace, puede pedir ajustes.

Por decisión judicial

Si no hay acuerdo, el juez de familia decide. Para hacerlo, tiene en cuenta factores como:

  • Quién ha estado a cargo del cuidado diario del niño.
  • Las condiciones de vivienda, tiempo y estabilidad de cada padre.
  • El vínculo afectivo del niño con cada uno.
  • La opinión del niño, según su edad y madurez.
  • La existencia de violencia, maltrato o riesgos.
  • La capacidad de cada padre para facilitar la relación del niño con el otro.

El juez no decide según quién gana más dinero, ni según quién "tiene la razón" en la separación. Decide según lo que más beneficia al niño.

El derecho del niño a ser escuchado

El Código de la Infancia y la Adolescencia reconoce el derecho de los niños a expresar su opinión en los asuntos que los afectan. Su opinión se tiene en cuenta según su edad y madurez, aunque no es la única consideración. En los procesos suele intervenir un equipo psicosocial que valora la situación.

Custodia compartida

La custodia compartida, en la que el niño convive en tiempos similares con ambos padres, es posible en Colombia cuando las circunstancias lo permiten: buena comunicación entre los padres, cercanía de las viviendas y estabilidad para el niño. No es automática; se acuerda o el juez la decide cuando la considera conveniente.

El régimen de visitas

El padre que no tiene la custodia tiene derecho, y también el deber, de mantener contacto con su hijo. El régimen de visitas puede incluir:

  • Fines de semana alternos.
  • Días entre semana.
  • Vacaciones repartidas.
  • Fechas especiales, como cumpleaños, Navidad o Año Nuevo.
  • Comunicación por teléfono o videollamada.

Las visitas y la cuota alimentaria son derechos independientes: no se puede negar una visita porque no se paga la cuota, ni dejar de pagar porque no se permiten las visitas.

Cómo pedir un cambio de custodia

Las decisiones sobre custodia no son definitivas. Si cambian las circunstancias, se puede pedir la modificación, por ejemplo cuando:

  • El padre que tiene la custodia no garantiza los derechos del niño.
  • Hay situaciones de riesgo, violencia o negligencia.
  • El niño, con la madurez suficiente, expresa razones serias para cambiar.
  • Uno de los padres se traslada de ciudad o de país.

El cambio puede pedirse por conciliación o ante el juez de familia.

Salida del país

Para que un niño salga del país con uno solo de sus padres se necesita el permiso del otro, otorgado ante notaría. Si el otro padre se niega sin justificación, se puede pedir al juez de familia que autorice la salida.

Errores frecuentes

  • Usar a los hijos como instrumento en el conflicto de pareja.
  • Hacer acuerdos verbales sin dejar constancia.
  • Cambiar de ciudad con el niño sin acuerdo ni autorización.
  • Impedir el contacto con el otro padre sin una razón grave y comprobada.

Preguntas frecuentes

¿La custodia siempre se le da a la madre?

No. La ley no establece preferencia por la madre o el padre. La decisión se toma según el interés superior del niño, analizando las condiciones de cada caso.

¿A partir de qué edad el hijo puede decidir con quién vivir?

No hay una edad fija en la que el niño decida por sí solo. Su opinión se escucha y se valora según su edad y madurez, y pesa más a medida que crece, pero la decisión final la toma la autoridad competente.

¿Puedo pedir la custodia si el otro padre no paga la cuota alimentaria?

El incumplimiento de la cuota no da, por sí solo, derecho a cambiar la custodia. Son asuntos distintos. Para el incumplimiento de la cuota existen otras herramientas, como el proceso ejecutivo de alimentos.

¿Qué pasa si el otro padre no cumple las visitas?

Si no las cumple, se puede acudir a la comisaría de familia o al juez para exigir el cumplimiento. Si quien tiene la custodia impide las visitas, el otro padre también puede pedir que se respeten.

¿Se puede cambiar el régimen de visitas?

Sí. Si las circunstancias cambian, como el horario de trabajo o la edad del niño, se puede modificar el régimen por acuerdo o ante el juez.

¿Necesito abogado para la custodia?

Para una conciliación no siempre es obligatorio, pero es muy recomendable. En un proceso judicial ante el juez de familia sí se necesita abogado.

Cómo te ayudamos

En Pragma Legal acompañamos acuerdos de custodia, visitas y alimentos, procesos de custodia ante el juez de familia y solicitudes de modificación, siempre con la prioridad de proteger el bienestar de los niños. Si necesitas definir o cambiar la custodia de tus hijos, escríbenos y lo revisamos con total confidencialidad.

Este artículo es informativo y no reemplaza una asesoría jurídica. Cada caso requiere evaluación de sus hechos y documentos.

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